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OBTENCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE NOMBRE COINCIDENTE

Por el certificado del Registro Mercantil Central que acredita que no hay ninguna otra empresa con el mismo nombre se pagan unas 1.500 pesetas, a correo seguido.

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REDACCIÓN DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN Y DE LOS ESTATUTOS SOCIALES, Y OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA Y APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS ANTE NOTARIO

Generalmente estos dos pasos se hacen con el notario, aunque solamente es obligatorio hacer el otorgamiento de la escritura pública de constitución y aprobación de los estatutos. La escritura pública de constitución tiene un coste variable, que depende básicamente del capital con el cual se constituye la sociedad. Lo mejor que se puede hacer es solicitar un presupuesto a un notario o consultar las tarifas que publica el BOE (las tarifas actuales son las que establece el Real decreto 1426/1989, del 17 de noviembre).

 

Si se quiere hacer un calculo aproximado del coste de una escritura pública, los conceptos que se deben tener en cuenta son los siguientes:

  1. Arancel por documentos de cuantía. Es una cantidad en función del capital social escriturado según la tabla siguiente:
  2. CAPITAL SOCIAL

    ARANCEL

    Hasta a 1.000.000 de PTA.

    15.000

    De 1.000.001 a 5.000.000 de PTA.

    15.000 + 0,0045 x (exceso de 1.000.000)

    De 5.000.001 a 10.000.000 de PTA.

    33.000 + 0,0015 x (exceso de 5.000.000)

    De 10.000.001 a 25.000.000 de PTA.

    40.500 + 0,001 x (exceso de 10.000.000)

    De 25.000.001 a 100.000.000 de PTA.

    55.500 + 0,0005 x (exceso de 25.000.000)

    Más de 100.000.000 de PTA.

    93.000 + 0,0003 x (exceso de 100.000.000)

    Por ejemplo, por un capital social de 15.500.000 pesetas el arancel seria:

    40.500 + 0,001 x (15.500.000 – 10.000.000) = 46.000 PTA.

  3. Gastos por copias de la escritura pública. Hay de dos tipos:
  4. Copias autorizadas o autenticas

    Folios del 1 al 11: 500 PTA/ folio

    A partir del doceavo folio: 250 PTA/folio

    Copias simples

    Para todos los folios: 100 PTA./folio

  5. Si el notario debe salir de la notaria por hacer la escritura pública:

  1. Folios de matriz. Si la escritura pública tiene más de 4 folios, a partir del quinto (inclusive) se tendrá que pagar 500 pesetas por cada cara escrita. Esto solamente es aplicable a la escritura original, no a las copias.
  2. Otros gastos derivados del hecho que el notario redacte los estatutos sociales, haga transcripciones de documentos externos, testimonie unos poderes...

Por ejemplo, para una SRL con un capital social de 500.000 pesetas el coste aproximado de su escritura pública (suponiendo unos 15 folios) seria el siguiente:

  1. Arancel por documentos de cuantía: 15.000 pesetas.
  2. Gastos por copias de la escritura pública:

Del folio 1 al 11: 500 PTA. x 11 folios = 5.500 PTA.

Del folio 12 al 15: 250 PTA. x 4 folios = 1.000 PTA.

15 folios x 100 PTA. = 1.500 PTA.

  1. Se supone que la escritura se hace a la notaria y que el notario no debe salir del despacho para nada.
  2. Folios de matriz:
  3. Del folio 5 al 15: 500 PTA. x 22 caras escritas = 11.000 PTA.

  4. Se supone que no hay otros gastos derivados del hecho que el notario redacte los estatutos sociales, haga transcripciones de documentos externos, testimonie poderes...

Sumando los conceptos, el coste de la escritura pública seria el siguiente:

15.000 PTA. + 5.500 PTA. + 1.000 PTA. + 1.500 PTA. + 11.000 PTA. = 34.000 PTA.

 

Otro dato poco conocido es que el articulo 157 de la Ley general de cooperativas (3/1987, de 2 de abril) concede una reducción del 50% del apartado A de la lista anterior igual a la que concede a los organismos del Estado (articulo 2 del anexo 1 del Real decreto 1426/1989) por el otorgamiento de escrituras impuestas por la legislación cooperativa.

 

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