Para evitar que después de la elevación de los estatutos a escritura pública no surja ningún problema y que estos no hayan de ser retocados, se puede solicitar a la delegación territorial del Departamento de Trabajo de la provincia la calificación previa de los estatutos sociales.
Este paso es voluntario, pero muy conveniente, ya que garantiza que la documentación no tenga errores, hecho que supondría una perdida de tiempo y un aumento del coste del notario.
La solicitud se presenta, adjuntando todos los documentos que se deben calificar, a la sección de cooperativas de la delegación territorial del Departamento de Trabajo que corresponde al domicilio social de la empresa. Estos documentos son:
Por ley, el término de respuesta es de 3 meses, aunque en la práctica no acostumbra a ser superior a un mes.
Una resolución firmada por el delegado territorial de Trabajo, juntamente con una copia de los Estatutos con la indicación de calificación previa favorable, garantizara la corrección de los documentos. En caso contrario, se marcaran todas las modificaciones que se deben hacer para que la documentación sea adecuada a la ley y se tendrán que rectificar y devolver antes de ir al notario.