CONCEPTO
Con toda la documentación
que se tiene hasta ahora, todos los socios deben comparecer, en el término
máximo de 2 meses (a partir de recibir la resolución favorable
sobre la calificación previa),
ante un notario para firmar la escritura pública de constitución.

Parar otorgar la
escritura el notario necesita:
- Acta de la asamblea constitutiva.
- Lista de socios, fotocopia
del DNI o NIF de todos los socios.
- Estatutos
sociales.
- Manifestación expresa de
los representantes de la cooperativa de la voluntad de constituirla.
- Manifestación sobre las
aportaciones sociales obligatorias indicando si han estado suscritas y el
porcentaje en que han estado desemborsadas.
- Detalle de las aportaciones sociales
suscritas por cada socio y la forma en qué han estado desemborsadas
o se piensan desemborsar.
- El valor atribuido a los bienes
y los derechos cedidos a la cooperativa por cada socio, en caso qué
las aportaciones no hayan estado hechas en efectivo.
- Resolución sobre la
solicitud de calificación previa (sí se tiene).
- Certificado del registro
general de cooperativas que acredita la no-existencia de una cooperativa
con el mismo nombre.
- Certificados de las entidades
de crédito, que acreditan de las imposiciones en capital.

TÉRMINO
El término
puede ir desde un día, si solamente contamos la firma, hasta unas cuantas
semanas, si contamos el tiempo necesario para esclarecer y tener toda la documentación
anterior y redactar o hacer redactar el documento.
